FESTIVAL DE CINE NACIONAL LEONARDO FAVIO 2026
REGLAMENTO SECCIÓN OFICIAL LARGOMETRAJES
ARTÍCULO 1º
El Municipio de Bolívar, a través del Cine Municipal “Avenida”, organiza el XIII Festival Nacional de
Cine Leonardo Favio, siendo su sede el Cine Avenida -sito en San Martín 653, ciudad de San Carlos de
Bolívar, Provincia de Buenos Aires-, donde se llevará a cabo la proyección de las películas de
Competencia Oficial.
El objetivo a cumplir por parte del Festival en su carácter de nacional es la difusión y promoción de
las producciones cinematográficas argentinas, tanto de creadores consagrados, como de nuevos
talentos, acompañadas por sus correspondientes representantes, para de esta forma contribuir con el
desarrollo de la cultura, el progreso de la industria cinematográfica y su difusión en el ámbito
nacional.
Por otra parte, se propone ser base de lanzamiento de la industria cinematográfica local y fomentar
su desarrollo.
ARTÍCULO 2º
La XIII edición del Festival Nacional de Cine Leonardo Favio se llevará a cabo del 19 al 21 de
Octubre de 2026 e incluirá la Competencia Argentina de Largometrajes Ficción, Competencia Argentina
de Largometrajes Documental y la Competencia Argentina de Cortometrajes Ficción.
ARTÍCULO 3º
La inscripción al Festival es gratuita y está abierta para películas nacionales, largometrajes y
cortometrajes; películas de ficción, documentales. Las producciones deben haber sido terminadas
después del 1º de enero de 2025 y no deben haber sido exhibidas comercialmente hasta el año 2025.
ARTÍCULO 4º
Para presentar una película a la selección del Festival es necesario completar la Ficha de
Inscripción Online, ingresando al sitio web https://www.bolivar.gob.ar/festivaldecine/
La inscripción cierra el 19 de septiembre de 2026 para todas las categorías.
Las oficinas del Festival se encuentran ubicadas en Avenida San Martín 653 – Primer Piso - (CP 6550)
- San Carlos de Bolívar - Argentina.
Correo electrónico: festivalleonardofaviobolivar@gmail.com
ARTÍCULO 5º
INC. A – COMPETENCIA ARGENTINA DE LARGOMETRAJES
Las películas presentadas al Comité de Selección para participar en la competencia deberán reunir las
siguientes condiciones:
a) Participan películas de producción argentina. Películas de ficción y documentales, terminadas con
posterioridad al 1 de enero de 2025.
b) El Festival interpretará como largometraje a todas las producciones que excedan los 60 minutos de
duración.
El jurado otorgará UN (1) premio a la Mejor Película Largometrajes Ficción, pudiendo además entregar
hasta dos menciones que no incluirán un premio directamente económico.
El jurado otorgará UN (1) premio a la Mejor Película Largometrajes Documentales, pudiendo además
entregar hasta dos menciones que no incluirán un premio directamente económico.
INC. B – COMPETENCIA ARGENTINA DE CORTOMETRAJES
Participan películas de producción argentina, terminadas con posterioridad al mes de enero de 2025.
Películas de ficción. La duración de las películas (incluyendo títulos de créditos) no debe exceder
los 20’ (veinte minutos).
El jurado otorgará UN (1) premio al Mejor Cortometraje, pudiendo además entregar hasta dos menciones
que no incluirán un premio directamente económico.
ARTÍCULO 6º
Si una película resulta seleccionada, el Festival notificará al participante (director, productor,
distribuidor o agente de ventas) y este deberá remitir los materiales que se le solicitarán a la
brevedad. Estos materiales se utilizarán para el Catálogo, la Página Web, redes sociales, prensa,
publicidad y difusión dentro del marco del Festival.
ARTÍCULO 7º
Una vez programada una película, no podrá ser retirada del Festival.
ARTÍCULO 8º
El Jurado oficial estará conformado por 3 integrantes de reconocida trayectoria en el área
cinematográfica. No podrá ser jurado quien tenga cualquier tipo de interés en la producción o
explotación de una película en concurso. Los miembros del Jurado se comprometen firmemente a no
expresar públicamente sus opiniones respecto de las películas sometidas a su consideración antes de
la proclamación oficial de los premios. Las decisiones de los jurados serán inapelables.
ARTÍCULO 9º
a) Los productores y distribuidores de aquellas películas que integran las Competencias se
comprometen a incluir en toda su publicidad y material de prensa la frase "Selección Oficial del
Festival Nacional Leonardo Favio”, utilizando el logotipo del Festival.
b) Los productores y distribuidores de aquellas películas que obtengan premios se comprometen a
destacar los mismos en toda su publicidad y material de prensa, utilizando el logotipo del Festival.
c) Este logotipo será enviado por la organización a quienes hayan sido premiados.
d) Todo premio otorgado que no sea recibido en la Ceremonia de Clausura, podrá ser retirado en las
oficinas del Festival.
ARTÍCULO 10º
En caso de quedar seleccionado en la competencia oficial, la organización se comunicará con el
representante de la producción que figure en el formulario de inscripción, durante el mes de
Septiembre de 2026.
ARTÍCULO 11º
La copia para proyección de la película seleccionada debe ser entregada en formato DCP, Blu-Ray o MP4
a la dirección de mail indicada, antes del 1 de Octubre de 2026. La presentación en otros formatos
requiere la autorización del Festival.
ARTÍCULO 12º
La Dirección del Festival acordará el orden y la fecha de exhibición de cada película.
ARTÍCULO 13º
La participación en el Festival Nacional Leonardo Favio implica por parte de los interesados la
aceptación del presente Reglamento.
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