368/87 CONVALIDANDO CONVENIO VIVIENDAS PARA FUERZA AEREA
CONVALIDANDO CONVENIO 8 VIVIENDAS PARA FUERZA AEREA CHACRA 107 PARCELA 1
CONVALIDANDO CONVENIO 8 VIVIENDAS PARA FUERZA AEREA CHACRA 107 PARCELA 1
Fíjase e1 costo básico del KWH a aplicar por la Cooperativa Eléctrica de Obras y Servicios Públicos de PIROVANO Ltda. a partir del lº de AGOSTO de 1987, en A 0,2506, lo que representa un 18% de incremento que se aplicará respectivamente para Consumo Urbano y para Consumo Rural
Fíjase el costo básico del KWH. a aplicar por la Cooperativa Eléctrica Ltda, de URDAMPILLETA en A 0,1823 a partir del día 4 de AGOSTO de 1987, lo que representa un 19% de incremento que se aplicará en el respectivo Cuadro Tarifario
INCREMENTANDO TASAS IMPOSITIVA 1987
AMPLIANDO CALCULO DE RECURSOS PRESUPUESTO 1986 PRORROGADO PARA 1987
Prorrógase la vigencia da la Ordenanza Nº 313/87, referente a remates concentradoras de haciendas gordas en Bolívar, hasta el 31 de Diciembre de 1987.
ARTICULO 1°): Fíjase el costo básico del KWH en A 0,15002 a facturar por la Cooperativa Eléctrica de Bolívar Ltda. (de Consumo) para las lecturas de medidores que se realicen a partir del día 1° de agosto de 1987
Declárase como "Entidad de bien público en el Partido de Bolívar a la Asociación Cooperadora del Laboratorio Regional da Bolívar, con Personería Jurídica Nº 3746.
Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un convenio con el Ministerio de Acción Social de la Provincia de Bs. As. por la designación de profesores, maestros y/o idóneos en Deportes de cuyo haber mensual se hará cargo el citado Ministerio
Fíjase el costo básico del KWH. a aplicar por la Cooperativa Eléctrica de Obras y Servicios Públicos de Pirovano Ltda. a partir del 1º de JULIO de 1987, para CONSUMO URBANO: A 0,2098 y para CONSUMO RURAL: A 0,2334.
Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a emitir un Anticipo del 80% de le Tasa de SEGURIDAD e HIGIENE sobre el total emitido durante el ejercicio 1986
Fíjase el costo básico del KWH. a aplicar por la Cooperativa Eléctrica Ltda. de Urdampilleta en A 0,1532 a partir del día 2 de JULIO de 1987, lo que representa un 9,98% de incremento que se aplicará en el respectivo Cuadro Tarifario.
INCORPORANDO A AREA URBANA SECTOR CHACRA 106 FRENTE AVDA. CENTENARIO Y PROLONGACION LEIRIA
Constrúyanse en el Cementerio de Urdampilleta, el número de nichos que sea necesario según previa inscripción.
Constrúyanse en el Cementerio de Bolívar, cien (100) nichos para ser arrendados de acuerdo a lo especificado en La Ordenanza Impositiva vigente.
Establécese en el Municipio de Bolívar, el Salario Mínimo Vital fijado por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nro. 721, a partir del 1º de Mayo de 1987.
ARTICULO 1º: Autorízase al D.E. a vender el terreno municipal cuya Nomenclatura Catastral es CIRC.II, SEC. B, Mz. 135c. -Parcela 7 a la Srta. NOEMI FELANY, en la suma de A 500. (australes Quinientos) de acuerdo a la tasación oficial realizada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 1º Autorízase a la Cooperativa Eléctrica de Bolívar Ltda. (de Consumo) a fijar el costo básico del KWH en la suma de A 0,14613 para toda facturación de los estados de medidor, cuyas lecturas se realicen a partir del l° de JULIO de 1987.-
La permuta quedó sin efecto por medio de la Ordenanza 756/1990
ARTICULO lº: Ratifícase la Ordenanza Nro. 109/84 cuyo texto se transcribe a continuación: Artículo lº: Dónase al Instituto de la Vivienda de la Pcia. de Bs.As. el inmueble propiedad de esta Municipalidad identificado con la siguiente Nomenclatura Catastral: CIRC.II, SEC.B, CHACRA 106, comprendido entre la Av, Pedro Vignau, calle s/n. y parcela 4 calle s/n prolongación calle Leiría) y zona canal de desagües y parcela 1b,
Procédase a incrementar en un 6% el Salario Mínimo, Vital, elevándose el mismo a la suma de A 212 (australes: Doscientos doce),
ARTICULO l°: Establécese abonar un adelanto de A 50 (australes: Cincuenta) a cuenta del Sueldo Anual Complementario correspondiente al medio aguinaldo del mes de Diciembre de 1987, el que deberá hacerse efectivo con los haberes correspondientes del mes de Junio de 1987
ARTICULO 1º: Las bonificaciones, guardias pasivas, por antigüedad, dedicación exclusiva, tareas insalubres y por título, no se tomarán en cuenta para la determinación del Salario Social Garantizado.
TEXTO ORDENADO: Ordenanza 734/1990. Se trata de inmueble Cir. II, Secc. B, Chacra 106, Parcela 1a, comprendido entre la Avda. Pedro Vignau, calle s/fc) (prolongación calle Leiría) y zona canal de desagües y parcela 1 b. Ordenanzas relacionadas: 109/1984, y 528/1989
CREANDO LA PLANTA TEMPORARIA
Puesta en funcionamiento de la Comisión Asesora de Gas natural creada por ordenanza 206/86
AUTORIZANDO INCREMENTO COOPERATIVA ELECTRICA DE PIROVANO JUNIO 1987
Establécese abonar un adelanto de A 50 (Australes: Cincuenta) a cuenta del Sueldo Anual Complementario corres¬pondiente al medio aguinaldo del mes de JUNIO de 1987, el que deberá hacerse efectivo con los haberes correspondientes del mes de MAYO de 1987.
Fíjase el costo Básico del KWH en A O,27418 a facturar por la Cooperativa Eléctrica de Bolívar Ltda. (de Consumo ) para las lecturas de medidores que se practiquen a partir del 1º de Noviembre de 1987 lo que representa un aumento del 22,72% sobre la anterior aprobada por este HCD más el adicional de A 0.00228 por ajuste diferido
Autorizando incremento tarifas Expreso del Sud
Autorizando incremento tarifas eléctricas Cooperativa de Bolívar Junio 1987
Autorizando a emitir anticipos de Tasas Vial y ABL 50% del ejercicio 1986
Autorizando anticipos 50% tasa Servicios Sanitarios ejercicio 1986
Creando Comisión Especial del HCD por conflictos en el Hospital
ARTICULO lº) : Autorízase al D.Ejecutivo e vender a la Señora Olga ABEL GUTIERREZ y TORRACO, un lote de terreno ubicado en Barrio Palermo, cuya Nomenclatura Catastral es: Circ.: II, Sección B, Manzana 135c, Parcela 22, según tasación oficial del Bco. de la Pcia. de Bs As, de AUSTRALES QUINIENTOS (A 500,00), libre de mejoras y sin tener en cuenta las cargas fiscales que pudieren corresponderle.-
Procédase a afectar como zona de Esparcimiento, conforme lo dispuesto por el Art. 60 de la Ley 8912 de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo, en compensación con la desafectación efectuada en el Art. 1º) de la presente Ordenanza, las siguientes parcelas: Circ. XX, Secc. B, Mz.: 38, Parc. 1 y Circ. IX, Secc. B Mz.: 72, Parc: 1-2-3-4-5-6-7-8-9-10-ll-12-13-l4-15-l6-17-l8 y 19 que hace un total de l6.156m2.
Exención en la Tasa Vial para productores inscritos en el Plan Toros
Estableciendo una compensación salarial por la aplicación del estatuto. Crea comisión para evitar paro anunciado del sindicato municipal
Reglamentando acceso de menores entre 15 y hasta 17 años de edad a confiterías
Reconócese la incompetencia de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos de esta Municipalidad para desempeñar tareas de sobreestante en la Obra: “20 Viviendas en Urdampilleta y Pirovano"
CONVALIDANDO CON MODIFICACIONES CONVENIO CON IOMA
Establécese el Salarlo Mínimo Vital, a partir del 1º de Enero de 1987. En el Anexo I crea los coeficientes del Nomenclador de Cargos. Modificada por Ordenanza 536/1989
CONVALIDANDO COVENIO CON DEBA COMPRA GRUPO ELECTROGENO PARA HOSPITAL DE URDAMPILLETA
COMPENSANDO EXCESOS EJERCICIO 1986
Ordenanzas relacionadas 78/1984, 814/1991, 1021/1993 y 1034/1994
Disminución de Marcas y Señales por única vez para los primeros ocho (8) remates Concentradores de Haciendas Gordas que se realicen en Bolívar a partir del mes de Abril de 1987
ARTICULO 1º) Declárase al Rvdo. Padre Cesar Pascuali ciudadano ilustre del Municipio de San Carlos de Bolívar•
Crease la COMISIÓN DE APOYO al proyecto de habilitación del Aeródromo de Bolívar cono "AERÓDROMO CONTROLADO.
ARTICULO lº): Apruébase las tarifas de Enero y Febrero de 1987 presentadas por la Cooperativa Eléctrica Limitada de Urdampilleta.